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01-01-1970- Descarga la ficha
Descripción
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se establece por el Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, (BOE 13 de enero de 2020) que reestructura los departamentos ministeriales, estando al cargo de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas, ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria y de alimentación.
Información general
Objetivos
Corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: - La elaboración de la legislación estatal en las materias agrícolas, pesqueras y alimentarias; - La propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política agraria, pesquera y alimentaria; - La representación del Estado en los organismos internacionales correspondientes a estas materias; - La coordinación de actuaciones, la cooperación y la concertación en el diseño y aplicación de todas las políticas que afecten al ámbito de competencias de las comunidades autónomas y de las restantes administraciones públicas, propiciando su participación a través de los órganos e instrumentos de cooperación adecuados. - En particular, la realización de las actuaciones descritas en materia de conservación, selección, mejora, reproducción y material genético de las especies vegetales, así como velar por la protección, conservación, uso sostenible y difusión del patrimonio genético de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la alimentación.
Puntos fuertes
Todas aquellas cuya finalidad esté relacionada con los objetivos de la institución. En particular: Identificación y conservación in situ de los Parientes Silvestres de los Cultivos y Plantas Silvestres de Uso Alimentario Utilización sostenible de los Parientes Silvestres de los Cultivos y Plantas Silvestres de Uso Alimentario